Por Jorge Pardes
La asimetría existente en la sociedad, en cuanto a la efectivización de derechos, así como las oportunidades reales de alcanzarlos, hablan de la profunda desigualdad que reina en la humanidad. Para ejercer un derecho, primero hay que conocerlo, luego tener la oportunidad de ejercerlo y para eso deberemos encontrar el modo de transformar la realidad ya que «No habrá progreso si no es de todos y para todos». (Silo. 1984)».[1]
El derecho humano a la comunicación cobra una importancia que es determinante a la hora de hablar de justicia social.
El derecho a la comunicación es un Derecho Humano desde el punto de vista político, desde el punto de vista social y también desde el jurídico
Para comprender su incidencia es necesario adentrarnos en su evolución a través de la historia, debemos atender al proceso de la distribución de la información a través de la historia, considerando en manos de quién se encontraba esa tarea en las distintas etapas y cómo eso fue siempre determinante para el ejercicio de ese derecho, cosa que trataremos de ponderar adecuadamente para poder concluir en su trascendencia.
Las etapas de este proceso que consigna Damian Loreti en su libro “El derecho a la información. Relación entre medios, público y periodistas” son cuatro: 1. La de la soberanía regia o la etapa monárquica o absolutista; 2. La del sujeto empresario o etapa empresarista de la información; 3. La del sujeto profesional o etapa profesionalista de la información y 4. La del sujeto universal o etapa universalista de la información.
En la primer etapa es en la que la libertad de expresión no existe como tal, sino que es una más de las potestades del monarca quien se apropia de la información y la distribuye según su interés y se apoya en instituciones tales como la censura previa, la licencia real o el privilegio real ya en el tiempo en que aparece la imprenta y comienzan a desarrollarse los medios de comunicación. En definitiva el derecho a la palabra escrita era sólo potestad del rey.
La segunda etapa, la de la concepción empresarista de la información es la consecuencia de los vientos de libertad y de vigencia de ciertos derechos individuales considerando la libertad de prensa como un paso en la conquista de esos derechos; aunque consagrado para quien posee los medios de comunicación y puede producir la información. La llamada libertad de prensa irá mutando hacia la libertad de empresa – según la definición de Jauretche-, quedando restringido dicho derecho para quien produce la información.
Claro que surgen como un modo de ponerle un límite al poder del Estado, cuando en las monarquías ese poder era absoluto como se percibe en la frase adjudicada a Luis XIV: “El Estado soy yo”.
En esta frase se percibe la expresión más pura de la concepción autocrática de la vida política. Significa que el gobernante encarna al Estado, que su voluntad es la suprema ley y que resume en su persona todos los atributos y potestades estatales, entre ella la información.
Tal es así que puede considerarse que el rol de esas empresas que a través de la posesión de los medios de comunicación vienen a controlar al Estado, es un avance con relación a esa etapa autocrática.
Es por eso que en los textos fundamentales de las naciones incipientes comienzan a aparecer los andamiajes jurídicos que consagran el derecho a la libertad de prensa como forma de controlar al Estado.
En nuestro país ya en la Gaceta de Buenos Aires Mariano Moreno se refería a este derecho del siguiente modo: ““Los pueblos yacerán en el embrutecimiento más vergonzoso, si no se da absoluta franquicia y libertad en todo asunto que no se oponga en modo alguno a las determinaciones del gobierno, siempre dignas de nuestro mayor respeto. Los pueblos correrán de error en error, y de preocupación en preocupación, y harán la desdicha de su existencia presente y sucesiva. No se adelantarán las artes, ni los conocimientos útiles, porque no teniendo libertad el pensamiento, se seguirán respetando los absurdos que han consagrado nuestros padres, y ha autorizado el tiempo y la costumbre”.
Así, este ideario libertario como explica Analía Eliades en “Libertad de Expresión, derecho a la información y derecho a la comunicación” aparece por primera vez en nuestra historia, en el Reglamento sobre la Libertad de Imprenta de 1811, que si bien propiciaba la libertad de las expresiones políticas, cercenaba tal potestad en materia religiosa. En la Constitución de 1853-1860, aparece el pensamiento que consagrando la “libertad de prensa o imprenta”, contiene en el artículo 14 la prohibición expresa de la censura previa.
La consagración de la libertad de expresión, expresa su carácter esencialmente individual, en términos comunicacionales, la libertad de expresión estaba centrada en el emisor de la información y en la facultad de difundir información.
La designación de esta etapa como empresarista indica en manos de quién está la información, a quien pertenece, quién la maneja.
La tercera etapa del sujeto profesional o etapa profesionalista de la información surge en el marco del agotamiento del planteamiento liberal de la Información, poniéndose de manifiesto el valor que hay que conceder a los que detentan el capital intelectual y humano, los trabajadores de prensa, el sujeto profesional de la información.
“El constitucionalismo social y el reconocimiento de los derechos sociales, trajo consigo también la lucha de los trabajadores de prensa, quienes no sólo van a reivindicar sus derechos laborales y sociales, sino que también, aportarán un concepto fundamental: la información no es una mercancía, sino un bien social”, afirma Analía Eliades en el texto citado dando lugar también al surgimiento de los códigos de ética periodística, los Consejos de Prensa, y la organización gremial de los trabajadores del sector.
Debiera entenderse que en esta etapa en forma pura la información estaría en manos de los trabajadores de prensa, pero las luchas sociales, los cambios de gobierno, el poder desarrollado por las empresas en connivencia con los gobiernos autoritarios, las dictaduras, las persecuciones políticas a los trabajadores de prensa, los periodistas desaparecidos o asesinados, no permiten la linealidad de esta definición. Tampoco permites el desarrollo del rol de garante de la expresión “libre de ideas por parte de todas las personas”, ni el de contrarrestar posibles interferencias de las autoridades del Estado para que los medios de comunicación, controlen el ejercicio del poder, fortaleciendo así la democracia; aunque es mucho lo que se ha avanzado y más lo que falta.
El derecho a la información
El derecho a la información surge fundamentalmente como respuesta a la necesidad de proteger no sólo a los productores de la información, sino también a sus destinatarios. Regula las relaciones entre el Estado y los productores de información y entre éstos y los destinatarios de la misma, en el primer caso asegurando la libertad de los productores contra las injerencias indebidas del Estado, y en el segundo caso garantizando que éstos produzcan información acorde a las exigencias de imparcialidad y veracidad en beneficio de los destinatarios
Para que este proceso sea un circuito virtuoso el Estado debe ser garante de la universalización de ese derecho y para eso debe crearse la institucionalidad que permita ejercer esa garantía, poniendo de relieve que la democracia no se construye solo con los procesos electorales, sino con la participación ciudadana, único garante posible de la vigencia de ese derecho
La comunicación es, en definitiva, un campo de disputa de quienes construyen sentidos y de qué sentidos se construyen y al decir de Cynthia Ottaviano “Hay que desalambrar la palabra, ya que la comunicación ha quedado rehén de quienes no tienen las mayorías populares”
Fue necesaria una larga lucha en el campo de los derechos humanos hasta reconocer que el derecho a la libertad de expresión, es simultáneamente un derecho humano individual y social o colectivo, y que a su vez, tiene un carácter bifronte: dar y recibir información. Esto implica incluirlo dentro de los derechos sociales
De ahí que la cuarta etapa, la del sujeto universal o etapa universalista de la información, es producto de la lucha de los profesionales que crearon las condiciones para que la información sea un derecho humano de todos y todas, de cada uno y cada una, por la sola condición de seres humanos; a pesar de que los logros jurídicos, como el rango constitucional del derecho en muchas cartas magnas de nuestros países en Latinoamérica, no puedan aún estar vigente plenamente.
Podría establecerse un correlato con el proceso de desarrollo, en la esfera internacional, de los derechos humanos en general, que siguen siendo el motor de lucha de nuestro tiempo
El Informe MacBride
Como antecedente jurídico se puede considerar al informe MacBride, “un solo mundo, voces múltiples” presentado en la UNESCO en febrero de 1980 como la materialización en la arena internacional de la lucha llevada adelante por los pueblos en pos de la vigencia de este derecho
Es uno de los documentos sobre comunicación más influyentes de las últimas décadas. Tiene un valor emblemático que nace de su propósito de tratar a la comunicación desde una perspectiva mundial, avanzándose en la idea, de la mundialización de la información y el hecho de que la democratización de la comunicación debe plantearse desde esa dimensión
La Unesco, en sus primeros años de existencia, y coincidiendo con la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, había centrado su atención en los temas relativos a la libertad de información, uno de los pilares de aquellos derechos fundamentales. La Unesco de los años 50, siguió basando su filosofía sobre la comunicación en aquellos postulados de derecho a la información. El interés por la estructura de la comunicación se despertó en los años sesenta con la publicación de los primeros documentos estadísticos sobre los mass media
En 1970, la Conferencia General de la Unesco acordó un programa de ayuda a los estados miembros para formular sus “políticas nacionales de comunicación” para contrarrestar las desigualdades en el flujo informativo internacional y aportar nuevos argumentos a la teoría de la dependencia
Todo este proceso se desarrolla en el marco de la Guerra Fría y, más concretamente, en el período de mayor expansión del Movimiento de Países no Alineados. En 1973, el mismo año en que se produce la primera de las denominadas “crisis del petróleo”, se celebra en Argel la IV Cumbre de Países no Alineados que aprobó las líneas programáticas de lo que se llamaría el Nuevo Orden Económico Internacional
En 1976, emanó el mandato de crear una comisión de expertos cuya misión sería el estudio de los problemas de la comunicación. El informe final de la Comisión, presentado a la XXI Conferencia General, celebrada en Belgrado en 1980, consistió en un voluminoso documento, que trataba su dimensión histórica e internacional. Se refería a los medios de comunicación, infraestructuras, integración, disparidades, propiedad y control. Las preocupaciones comunes se referían a la circulación de la información, al contenido y la democratización de la comunicación; a las políticas de comunicación, recursos materiales, investigación, profesionales de la comunicación y normas de conducta. Desarrollaba una serie de conclusiones, sugerencias, y aspectos pendientes de una investigación mas profunda
Su contribución al debate sobre comunicación internacional fue trascendental:
Describe la situación de la comunicación en el mundo y constata sus desequilibrios, desentrañando los vínculos entre los problemas de la comunicación y las estructuras socioeconómicas y culturales, lo que otorga un carácter político a los problemas de la comunicación. Elabora recomendaciones de carácter ético. Reconoce los derechos inherentes a la información: participar en la producción -y no sólo en el consumo- de los flujos informativos; garantiza la diversidad de voces restringiendo los monopolios; defiende los derechos de los informadores y de la libertad de prensa, y apoya el desarrollo de las infraestructuras necesarias para el desarrollo de la comunicación en el mundo.
Reclama, la necesidad de establecer políticas de comunicación democráticas en defensa de la identidad y del desarrollo, con lo que consiguió convertirse en un documento de referencia que llegaría a despertar importantes críticas, sobre todo desde posiciones conservadoras pero logró legitimar la noción de derecho a la comunicación, superador del ya obsoleto concepto de libertad de prensa, y mucho mas abarcador que el de derecho a la información”
En 1983, Estados Unidos anunció su retirada de la Unesco, también la salida del Reino Unido a razón del abandono del multilateralismo en la política internacional con sus consecuencias sobre la comunicación. A partir de la Conferencia General de 1987, la Unesco adopta una nueva orientación, denominada Nueva Estrategia de la Comunicación. Ésta comportaba un retorno a la retórica de defensa de la libre circulación de la información en el mundo
El Informe MacBride trazó una hoja de ruta para la comprensión de los problemas culturales que asignaba la prioridad a la interacción social y concebía a las tecnologías como herramientas al servicio de políticas
Es la primera vez que un documento legitimado desde una institución del sistema de las Naciones Unidas, confiere visibilidad a los desequilibrios estructurales en el campo de la comunicación, y al mismo tiempo, propone algunas pistas para subsanarlos
El Informe MacBride presentó un diagnóstico muy correcto sobre la comunicación mundial y sobre las tendencias de futuro. Lamentablemente, su esfuerzo no se vio coronado por el éxito.
Las dos premisas sobre las que se construyó el informe resultan, en 2005, verdaderamente proféticas. En primer lugar se señalaba que el poder de informar y de ser informado es una de las claves de las sociedades modernas.
En segundo lugar, se afirmaba que la información es un recurso clave en cuyo tratamiento no pueden dejarse de lado las interacciones entre comunicación, tecnología y cultura. Y desde aquí se proponían cinco líneas de acción principales: promover la inclusión de la comunicación como derecho fundamental de los individuos y de las colectividades; reducir los desequilibrios, desigualdades y distorsiones que afectaban a las estructuras y a la circulación de noticias; alentar todos los esfuerzos para promover una estrategia global para una comunicación democrática en un mundo interdependiente, pero respetando las identidades culturales y los derechos individuales; impulsar la formulación de políticas nacionales de comunicación, coherentes y duraderas en el marco más amplio de los procesos de desarrollo y explorar las bases sobre las que debería establecerse un Nuevo orden Mundial de la Información y la Comunicación (NOMIC) como componente de un Nuevo Orden Económico Internacional (NOEI)
Evidentemente, el camino para que las propuestas y las acciones concretas diesen algún fruto era la cooperación multilateral y el lema era bien simple: solidaridad.
Sin embargo, justo cuando se aprueba el informe, en 1980, la superioridad tecnológica del Primer Mundo sobre el resto del planeta es ya definitiva y favorecía a Estados Unidos de forma muy notable. De aquí que, al no contar ya con mayoría en la Conferencia General de la Unesco, el Primer Mundo se sintiese especialmente irritado con una propuesta que, en esencia, pretendía que la tecnología de la información fuese patrimonio de todos y que reclamaba que el derecho a emitir fuera también de todos.
Fue así como en 1985, Estados Unidos dio su salida definitiva de la Unesco y empiezan a diluirse todos los principios relacionados con el NOMIC, devolviendo los debates sobre los flujos informativos y sobre el papel de los medios de comunicación en el desarrollo del Tercer Mundo a los tiempos de la fundación de la Unesco, que tanto favorecieron la imposición a escala planetaria de los postulados de Estados Unidos desde 1946 hasta 1970.
Las propuestas del Informe MacBride tuvieron un gran valor educativo: su pretensión de eliminar los desequilibrios de la información; la reclamación del derecho de las colectividades a participar en los flujos comunicativos o la restricción de los efectos de los monopolios de la información; la defensa simultánea de un libre pero equilibrado flujo de la información y de los programas, etc
El contexto en el que surgió el Informe McBride se caracterizaba por estar inmerso en el ambiente bipolar de la Guerra Fría y el avance de la ideología neo-liberal. La ONU adoptaba como propia la teoría de la modernización que consideraba que la diseminación del conocimiento y las tecnologías de los países del Norte que repercutiría directamente en el desarrollo de los países del Sur. Estos postulados fueron cuestionados en los años 70 por la teoría de la dependencia que consideraba que el modelo de comunicación “desarrollado” generaba dependencia, mientras que el subdesarrollo de la periferia era un requisito necesario para el desarrollo del centro hegemónico.
Teoría de la modernización
Los modelos de información afines a la modernización apoyaron la expansión de mercados y la incorporación al consumo de grandes masas de poblaciones marginales, por medio de mecanismos de persuasión y estrategias de transferencia de información y difusión de innovaciones tecnológicas. Éstos son —en su mayoría— modelos verticales, generados en laboratorios de empresas privadas, agencias de publicidad y universidades de Estados Unidos.
Una de sus premisas principales es que la información y el conocimiento son en sí factores de desarrollo, y que las tradiciones y las culturas locales constituyen una barrera para que los países del Tercer Mundo alcancen niveles de desarrollo similares a aquéllos de los países industrializados.
Por su vinculación directa con la política internacional del gobierno de Estados Unidos, dichos modelos han sido dominantes en la cooperación internacional durante varias décadas.
Una de sus premisas principales es que las causas del subdesarrollo son estructurales, tienen que ver con la tenencia de la tierra, con la falta de libertades colectivas, con la opresión de las culturas indígenas, con la injusticia social y otros temas políticos y sociales, y no solamente con la carencia de información y conocimiento.
Estos modelos promueven cambios sociales colectivos antes que individuales, y acciones de comunicación desde las comunidades y no para las comunidades.
Esta idea es una crítica directa a la participación de los actores involucrados, que es esencial en las propuestas de comunicación para el desarrollo, alternativa y participativa, que son las expresiones más reconocidas de la comunicación para el cambio social.
Implícitamente, estas teorías defienden que el objetivo de todos los pueblos debería ser la aspiración a una vida material y espiritual como la que se conoce en el mundo occidental, y que para lograrlo es imprescindible sacrificar las conquistas sociales, y deshacerse de creencias, tradiciones y prácticas culturales que son un freno para la modernización (Lerner, 1958).
Estas mismas teorías le asignan un papel preponderante a la economía y a la tecnología, y asumen que la producción agrícola e industrial es la garantía de una vida mejor. Estiman que la introducción de nuevas tecnologías y de nuevos “conocimientos” en los países pobres debería ser el camino por seguir para modernizar a campesinos “analfabetos e incultos”. Esta premisa supone que el “conocimiento” es un privilegio de los países ricos, y que los países pobres carecen de él. La transferencia de información —decían los defensores de la difusión de innovaciones— permitiría mejorar la calidad de vida de los pobres
Teoría de la dependencia
Los países del Tercer Mundo, desde los años cincuenta vivían las convulsiones de las luchas de independencia anticolonial en África y Asia, y los movimientos de liberación anti dictatoriales en América Latina. Los países ricos hacían lo posible por crear modelos de cooperación internacional y desarrollo que pudieran reconstruir los lazos de dependencia de África y Asia, respecto a los centros de poder europeos. En América, la potencia hegemónica apoyaba una avalancha de golpes militares para sofocar movimientos sociales de estudiantes, trabajadores, mineros e indígenas que luchaban por espacios de participación democrática. Al calor de esas luchas surgieron intelectuales que afirmaron que el subdesarrollo y la pobreza no eran solamente producto de “taras” culturales ancestrales, sino de un sistema de explotación de los países pobres por los países ricos y de enormes desequilibrios sociales entre ricos y pobres en cada país.
En otras palabras, había razones estructurales —políticas, económicas, sociales, culturales, legales— que explicaban las verdaderas causas del subdesarrollo y del atraso económico. Esas ideas se expresaron en las teorías de la dependencia. Tanto la acción social y política como el marco de análisis teórico influyeron en el nacimiento de innumerables experiencias de comunicación alternativa y participativa, en contextos comunitarios, tanto urbanos como rurales, cuyo principal objetivo era conquistar espacios de expresión antes inexistentes. Dichas experiencias se desarrollaron sin que existiera un modelo comunicacional previamente diseñado o puesto a prueba. Es más, la teoría comunicacional sobre estas experiencias comenzó a elaborarse mucho más tarde. De ahí que durante muchos años, y aún hoy, se utilizan nombres diversos para aludir a esas experiencias: comunicación popular, horizontal, dialógica, alternativa, participativa, endógena, etc. De alguna manera, todas participan de los mismos elementos y son parte del concepto más amplio de la comunicación para el cambio social
“Alguna vez deberá considerarse como derecho humano a la comunicación”
A 40 años del Informe MacBride – nuevas formas de limitación
Los cuarenta años que han pasado desde el Informe MacBride explica la reflexión en relación a la falta de vigencia de derechos señalando que “Alguna vez deberá considerarse como derecho humano a la comunicación”. Hoy hay nuevas formas de limitación que nos convocan
En particular en los países se realizaron intentos como en las Constituciones Nacionales de Bolivia y de Ecuador que está consagrado este derecho como tal. En México es parte de reformas constitucionales. En Argentina con la irrupción del neoliberalismo durante el gobierno de Mauricio Macri y la desarticulación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual construida durante el gobierno de Cristina Kirchner, se perdieron muchos alcances de este derecho y aunque el actual gobierno reconoce la necesidad de avanzar en la dirección de transformación e instauración de derechos, no ha anulado el decreto de desguazó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual por lo que queda un largo camino para recorrer en virtud de recuperar lo logrado desde la histórica Coalición por una Radiodifusión Democrática o Coalición por los 21 puntos, hasta la Ley de Servicios de Comunicación audiovisual y la necesidad de dotarla de rango constitucional.
La comunicación como bien social nace como una lucha de colectivos organizados que batallan por otros derechos diferentes de acuerdo a los contextos políticos sociales de cada momento. Es significativo cómo en la lucha por la vigencia de este derecho siempre se dio en un contexto de visibilización de otras necesidades
Reviste importancia entonces que en la formación de los comunicadores populares se cuente con la herramienta de la política, entendida como el arte de lo posible, para poder convertirlo en una política pública.
Desde la perspectiva de la comunicación como derecho es necesario convenir en que es un tema de todos los que son partes, sin los prejuicios que instalan los medios de comunicación corporativos, el mercado y el neoliberalismo como acción de forma y sustrato inserto aún en el campo popular; la fragmentación es el modo de negarse entre quienes son parte. Es en esta lucha necesaria la transversalización de la perspectiva de género, para que rija la justicia de género, que se pueda alcanzar la justicia de clase y la justicia del derecho a comunicar. No hay democracia sin derecho a la comunicación, porque en definitiva de lo que se habla con el derecho a la comunicación es distribución de la riqueza.
Los derechos humanos económicos sociales culturales y ambientales llegaron al campo internacional, luego de un recorrido por las Constituciones Nacionales. Son los derechos de que alcanzan jerarquía internacional el 1948 en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en consonancia con que en la posguerra, el mundo se aterra por lo sucedido en la Segunda Guerra Mundial, fundamentalmente por la Shoa y las explosiones de Nagasaki e Hiroshima.
“Los derechos humanos a nivel internacional llegan por efecto del miedo y no de la reflexión” dice Eugenio Raúl Zaffaroni
El derecho humano al desarrollo progresivo de los pueblos es considerado el primer derecho humano por él; equiparable al derecho a la vida, ya que la mayor lesión que los pueblos reciben, es la violación del derecho al desarrollo progresivo.
Esta afirmación podría comprobarse si se cuantifica cuántas vidas cuesta el subdesarrollo. “El sub desarrollo nos está costando un genocidio por goteo”
El Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos asocia este derecho inalienable a la lucha por la independencia. Y afirma que se ha pasado por distintas etapas de colonialismo que fue frustrando el respeto a este derecho.
Latinoamérica es la contracara del colonialismo y lleva peleando 500 años por el derecho al desarrollo progresivo. “Sin independencia no hay derecho al desarrollo progresivo”.
Sin derecho al desarrollo progresivo de los pueblos no hay verdadera oportunidad del ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho a la vida de los pueblos sometidos a ese genocidio por goteo que se mencionaba.
Así es que el derecho humano a la comunicación para ejercerse plenamente merece superar tanto la frase de Luis XIV acerca de “El Estado soy yo” como la de Carlos III de España que al expulsar a los jesuitas, cuando se le preguntó la razón respondió: “Por razones que guardo en mi real pecho”
Para que haya un ejercicio pleno de este derecho, es necesario el derecho de acceso a la información pública.
Tal es así que se lo considera uno de los mecanismos clave para un auténtico control de la gestión pública y para la concreción de la participación social en la misma.
El derecho de acceso a la información pública presupone la existencia del derecho a la información que implica tanto la facultad de dar como de recibir información y a lo que corresponde en un sistema democrático, representativo y participativo una amplia libertad de expresión y un libre acceso a la información para el ejercicio de ese derecho.
La existencia de la Democracia está ligada al hecho de que el pueblo ejerza el control sobre sus gobernantes, cuando el pueblo no tiene las herramientas para cumplir ese rol “se desliza hacia el tutelaje”(Robert Dalh) Los secretos de Estado, son necesarios excepcionalmente, cuando las autoridades del Estado invocan la necesidad de modo permanente “solo quieren el secreto para actuar sin oposición” (B. Constant) lo que supondría “no solo el fin de la opinión pública, sobre todo, el fin del Estado de Derecho” (Rodríguez Uribes)
Entendiendo que el Estado desde todas sus áreas genera información, que cada acto administrativo, es información y puede ser noticia, el acceso a la información pública es sinónimo de Democracia, pudiendo concluirse en que la desinformación de lo público podría implicar un totalitarismo.
El acceso de las personas a la información pública permite el establecimiento de relaciones, el efectivo ejercicio de derechos, en definitiva la construcción de ciudadanía, resultando muy positivos para el sostenimiento y desarrollo de los procesos democráticos.
Por enumerar algunas de las implicancias podemos consignar la relación virtuosa entre el deber de informar por parte de la Administración del Estado y el derecho a la información de los ciudadanos. El reconocimiento y la garantía de la libre opinión pública, lo que posibilita el pluralismo político.
El acceso de las personas a la información pública es el instrumento que posibilita la transparencia administrativa en la gestión del Estado, obliga a la publicidad de los actos de gobierno, lo que a su vez permite el control democrático de esa gestión.
Fomenta la participación responsable de la ciudadanía en la cosa pública, afianza el sistema democrático con una democracia participativa y consagra la vigencia plena de la Constitución Nacional, además de otros derechos y libertades. Respeta y promueve el derecho a la igualdad de oportunidades. Obliga al Estado a abstenerse de impedir el acceso a la información pública, debiendo facilitarlo.
Si bien el derecho al acceso a la información pública está ampliamente consignado en los sistemas jurídicos interamericano como en los Estados nacionales que lo integran; el efectivo ejercicio a ese derecho -como a tantos otros- se ve aletargado en el devenir de la historia profunda de nuestro pueblo y su formulación en sendos libros y tratados, no es suficiente. Porque aún la posibilidad de accionar contra el Estado para lo cual los que más lo necesitarían no pueden ni soñar con los medios para hacerlo, no alcanza y porque hasta desconocen su existencia. -¿Cómo habrían de soñar si ni siquiera conocen su existencia?
Todo nos lleva a pensar en la necesidad de dotar a los pueblos, más que a los individuos, de la posibilidad de su “desarrollo progresivo”, porque sólo el desarrollo progresivo de los pueblos es el camino emancipatorio de los pueblos y de la conciencia de quienes lo podemos por lo menos ver.
El ejercicio del periodismo en relación al derecho a la comunicación
No es posible concebir el ejercicio del periodismo como una actividad que tenga características de alcance universal, mientras la información sea una mercancía y no un bien social, en el que los trabajadores del sector tengan la responsabilidad que la lucha de generaciones le ha asignado como colectivo garante de la verdad y contralor del Estado para el ejercicio pleno de la democracia.
Definitivamente de este modo no están dadas las condiciones para universalizar la lucha por la vigencia de la libertad de expresión, de prensa y el derecho a la información.
El Constitucionalismo social y el reconocimiento de los derechos sociales trajeron el desarrollo del andamiaje jurídico que contrarrestó el manejo monopólico de la información, arrebatado por las empresas de medios de comunicación al Estado absolutista.
La legislación refleja la lucha por el derecho pero no alcanza por si sola para contrarrestar el poder real.
Fue así que comenzó a aparecer en las legislaciones nacionales y en los tratados internacionales un abordaje consciente que traducía la lucha de los trabajadores.
En Argentina el Estatuto del Periodista Profesional (Decreto Ley 7618/44) creado en la presidencia de Juan Domingo Perón, hoy Ley N° 26.522 de la presidencia de Cristina Fernández; reconoce en su Art. 5 a la libertad de prensa y a la libertad de pensamiento como derechos inalienables, y le garantiza al periodista y a la periodista -aunque no se haya utilizado el lenguaje de género- que su estabilidad no podrá ser cercenada como consecuencia de las opiniones expresadas por él o ella.
Se entiende así mismo teóricamente que el trabajador o la trabajadora de prensa, el informador o la informadora “no trabaja para la empresa, sino para la Información, aunque lo haga -eso sí- en la empresa, con la empresa y desde la empresa”; pero esta afirmación se vio trastocada por la pérdida del Estado de Derecho en diferentes momentos en nuestro país, o por el inconmensurable aumento de poder de los medios de comunicación que supieron poner a su favor, tanto el desarrollo tecnológico, como las fluctuaciones del mercado, haciendo que el trabajador de prensa, en la necesidad de preservar su fuente de trabajo, resignara derechos y obligaciones; el derecho a ejercer su profesión con libertad, la obligación de hacerlo con ética.
Así es que para algunos periodistas, los que se vieron obligados a ceder – o a no ver- por su necesidad, dejaron de cumplir su rol de contralor del Estado cuando la línea editorial de ese medio así lo exigía -porque la pauta oficial lo obligaba-; o a tergiversarlo cuando la pauta oficial no le importaba tanto a la línea editorial como su interés de condicionamiento al gobierno.
Un ejemplo es la protección mediática que cubre a ciertos gobiernos como consecuencia de la pauta oficial y oficiosa que se destina a los medios de comunicación. La proliferación de noticias falsas o el manejo de la big data, la proliferación de las redes sociales y su vínculo con estas acciones son un ataque directo al ejercicio del periodismo con garantías, aun cuando esos circuitos son manejados esencialmente por los medios de comunicación masivos o por las corporaciones de las que forman parte. Son procesos mas globales y afectan fuertemente
Pero esa libertad de prensa no puede estar administrada por las empresas poseedoras de los medios de comunicación masivos, es necesario realizar un contralor al Estado, pero también es necesario regular a las empresas. El capital tiene más experiencia que la política en arbitrar los medios para ganar batallas y tiene tiempo y recursos, se mueve a largo plazo.
Tanto la lucha de los trabajadores de prensa, como el avance de la legislación nacional y los tratados internacionales han permitido la vigencia del derecho de prensa, del derecho a la información, del derecho a ser informado, del derecho a la información pública, a la publicidad de los actos de gobierno, pero todos están en peligro si no se atiende a la dinámica del capitalismo, en esa acuciante necesidad de acumulación de ganancia y poder que ha ido llevando a los medios de comunicación masivos, a sus propietarios, al poder económico a encontrar los caminos para neutralizar todo el esfuerzo realizado por tantas mujeres y hombres de bien que entienden, militan y defienden la libertades de expresión y de información como derechos sociales, colectivos.
Entender el derecho a la comunicación como un derecho individual debilita los procesos, en cambio, comprenderlo como parte del derecho al desarrollo progresivo de los pueblos, abre la posibilidad de consolidación de los cambios logrados a través de la historia, por les seres humanes.
La lucha de los trabajadores y las trabajadoras y un Estado presente pueden contrarrestar el poder de las empresas de medios de comunicación masivos y dotar al derecho de prensa de su condición de derecho humano inalienable, de todos y todas
El signo de los nuevos tiempos
Las noticias falsas, el carácter efímero de los contenidos y la vertiginosidad de su producción producen desde la desideologización hasta la desactivación de la memoria histórica como resguardo de la manipulación social. Sumado a la amenaza del modelo de negocios de Google y Facebook para los Derechos Humanos” alerta en el año 2019, Amnistía Internacional en su documento “Gigantes de la comunicación, de manera documentada sobre los “modelos de negocio basados en la vigilancia” a través de “mina y bóveda de datos” que retoma el concepto de Shoshana Zuboff sobre “Capitalismo de la vigilancia” en donde la datificación que combina información financiera y personal (ejemplos: Free Basic, Dragon Fly, Adsense, Sensoruzult, etc) y que constituyen un ataque a la libertad y los derechos a la privacidad y la identidad.
Zuboff observa que el capitalismo de vigilancia va más allá del terreno institucional convencional de la empresa privada, que no solo acumula activos y capital de vigilancia, sino también derechos, y que opera sin mecanismos de consentimiento significativos.
El poder mediático en Argentina y en toda Nuestra América, es parte de las corporaciones infocomunicacionales que no solo implican un profundo desarrollo tecnológico, sino también prácticas de depredación social en términos de haber producido un desastre en los campos de la desinformación, descuido del medio ambiente y exclusión social.
La periodista estadounidense Jessica Bruder, en su premiado libro “Nomadland. Supervivientes del Siglo XXI” que fue usado como guion del film homónimo ganador del Oscar recientemente, que relata el modo en que empresas como Home Depot y Amazon están reconfigurando los modelos de trabajo en base a prácticas semifeudales de mano de obra que vive en caravanas para atender las necesidades física no robotizadas de estos gigantes infocomerciales.
De hecho, Lina Khan, actual Secretaria de Comercio de los EEUU en su trabajo “La paradoja antimonopolio de Amazon” señala la necesidad de pensar nuevas regulaciones en el marco de la profunda transformación que produce la convergencia en términos predatorios y anti competitivo que ha desbaratado en buena medida los esfuerzos en política sanitaria del Estado Nacional y no se ha detenido ni ante el debate entre la vida y la muerte de millones de compatriotas.
Ese es el alcance de los medios de comunicación concentrados. No se trata solo de desinformación, sino de su uso como herramienta de dominación
Es imprescindible el rol del Estado para asegurar mediante legislación de protección de datos ejemplares e institucionalidad adecuada para que el acceso a infraestructuras infocomunicacionales, servicios digitales y que el uso de éstos no dependa de la vigilancia del uso de datos y metadatos por partes de los/as usuarios/as. Debe prohibirse el pedido de consentimiento por parte de las empresas para la recopilación de datos y metadatos con fines comerciales, porque ese manejo es el que permite utilizar la concentración como herramienta de depredación
No podemos renunciar a discutir nuevamente el sistema de medios infocomunicacional en perspectiva de regulación de servicios e interés público en clave de desarrollo nacional, incorporación de nuevas tecnologías, sustentabilidad e inclusión social.
La democracia es inviable ante la nueva situación mundial y la necesidad de abordar antiguas y nuevas problemáticas que atentan contra los valores de la igualdad y la libertad democrática.
Con semejante poder real conspirando en su contra y sin democracia son infundadas las esperanzas de una sociedad más justa, libre e igualitaria. No queremos administrar la coyuntura, sino proponer una política pública más humana. Para ello trabajamos.
Bibliografía:
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