La RBUI es una asignación monetaria que toda persona recibiría por el solo hecho de existir.
Sus características son:
Individual. A todos y cada uno de los individuos. La RBUI sería recibida por los residentes censados en un determinado territorio.
Incondicional. No hay que cumplir ningún requisito para recibirla.
Suficiente. Que sirva para cubrir las necesidades básicas.
Universal. La RBUI debe ser considerada como un derecho humano universal, por lo que ha de ser concedida a todas y cada una de las personas. Debe, por tanto, implementarse a nivel mundial.
La RBUI es una asignación monetaria que toda persona recibiría independientemente de su situación familiar, de su salud, de su nacionalidad, de si trabaja o no…, para poder cubrir sus necesidades básicas. Esta asignación incondicional no puede sustituir a otros servicios sociales existentes, tales como la educación y la sanidad públicas y gratuitas, a los que, además, deberían añadirse otros servicios como vivienda pública, acceso a la energía y a las comunicaciones, etc.
Es decir, la RBUI es la forma en que, gracias al aporte de todos, nos aseguramos de que toda persona tenga lo necesario para vivir dignamente. Individual, ya que se trata de una cantidad monetaria que recibirían los ciudadanos de modo personal, no como unidad familiar o de convivencia. No se dependería de otros para recibirla. De esta manera la RBUI favorecería cualquier forma de convivencia, por ejemplo, pareja heterosexual, personas de varias generaciones, un grupo de amigos, pareja homosexual, grupos de estudiantes…, etc.
Incondicional, al no estar determinada por requisitos de ningún tipo: nivel de pobreza, discapacidad psíquica o física, edad, situación de empleo o desempleo… La RBUI no es una subvención, un subsidio o un seguro condicionado. Condicionar implica que “otros” deciden si tienes derecho o no a recibir algo y nosotros entendemos que el derecho es previo, existe porque existes en un medio histórico-social y por nacer como ser humano.
Suficiente, es decir, que permita no tener que depender de un empleo remunerado para poder subsistir. Es preciso aclarar que la RBUI no suple otros derechos fundamentales como el de la salud o la educación públicas y gratuitas, sino que se complementa con ellos y con otros derechos por desarrollar, como el de la vivienda pública o el acceso a la energía y a otros servicios. En un estado de justicia social avanzado deberían existir, con carácter universal, educación, sanidad, pensión de jubilación, vivienda y una RBUI suficiente para cubrir el resto de necesidades.
Universal, es decir, se otorga a todas las personas sin discriminación. Puesto que vivir es un derecho universal, la RBUI se debe instaurar en todos los países y áreas del mundo, aunque su forma de aplicación varíe.
El ser humano ha cambiado a través del tiempo y por su interacción con otros seres humanos, siempre buscando superar el dolor y el sufrimiento. Todo este desarrollo ha sido impulsado por la intención y el esfuerzo de millones de seres humanos a lo largo de la historia, por eso entendemos que este avance no se puede detener y que es necesario alumbrar nuevas formas de organización social que permitan disfrutar a todos del bienestar generado por toda la humanidad.
*Extracto del libro: “Renta Básica Universal e Incondicional Preguntas y respuestas Una mirada desde el Nuevo Humanismo Universalista”